
Entra en vigor la nueva Ley del Teletrabajo
El pasado 13 de octubre entró en vigor el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, o como coloquialmente se la conoce, Ley del Teletrabajo, que se aprobó con el fin de extrapolar y regular los derechos, obligaciones y protecciones del trabajo presencial al trabajo a distancia.
A pesar de haber sido confeccionado y aprobado con carácter de urgencia por motivos de la situación atípica creada por la pandemia, la Ley del Teletrabajo no aplica a trabajadores que trabajan excepcionalmente desde sus domicilios u otro emplazamiento de forma excepcional, y es que esta Ley únicamente aplica a esos contratos con trabajadores que realicen un trabajo a distancia “regular”, definido por la ley como el trabajo a distancia en que se preste, en un periodo de referencia de 3 meses, un mínimo del 30% de la jornada, o el porcentaje equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.
De entre las medidas establecidas por la nueva ley, se reconoce a los empleados que trabajen a distancia los mismos derechos que los empleados que prestan sus servicios en el centro de trabajo de la empresa, excepto para aquellos aspectos que sean inherentes al trabajo presencial.
Por lo que se refiere a dotación, medios y gastos, los trabajadores a distancia tienen derecho a que la empresa les proporcione, y mantenga de forma adecuada, de «todos los medios, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad» y que los gastos relacionados con su prestación sean sufragados o compensados por la empresa.
La Ley también se pronuncia sobre el registro de jornada, estableciendo que el horario que se defina para el trabajo debe quedar «fielmente» recogido en el acuerdo escrito, así como el lugar que se escoja para la actividad laboral, que no siempre tiene por qué ser el domicilio de la persona trabajadora. Dicho sistema de registro horario, al que está obligado a someterse el empleado ha de incluir, entre otros aspectos, «el momento de inicio y finalización de la jornada».
Por lo que se refiere al derecho a la intimidad y a la protección de datos, la ley de teletrabajo obliga a la empresa a contemplar y respetar los principios de «idoneidad, necesidad y proporcionalidad de los medios utilizados» en relación con el control que desee ejercer sobre la actividad laboral del trabajador, al cual se les debe garantizar el derecho a la intimidad y protección de datos personales.
Por otro lado, la compañía no podrá exigir la instalación de programas o aplicaciones en dispositivos propiedad de la persona trabajadora y, además, se concreta que los convenios podrán recoger los términos en los que los empleados pueden hacer uso personal de los equipos informáticos proporcionados por la empresa.
Finalmente, la ley de teletrabajo no se olvida del derecho a la desconexión digital, estableciendo la obligación de la empresa de limitar el uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso del trabajador, así como el respeto a la duración máxima de la jornada y otras garantías legales. Asimismo, las modalidades de este ejercicio y acciones de formación y sensibilización deberán quedar recogidas en una política que deberá ser elaborada previa audiencia de la representación legal de los trabajadores.
En definitiva, la nueva ley del teletrabajo implica ciertos cambios que es necesario contemplar y que deberían de existir en los procesos de cada organización. CECA y los principales sindicatos ya lo han incorporado. ¿Cómo lo hacemos nosotros? En OptimumTIC disponemos el marco ISO 27001 certificado anual, disponiendo con previsión y mitigación frente a la continuidad del negocio, y entre ello el Teletrabajo, tanto por accesos, como medidas, como privacidad y seguridad, y lo mismo para nuestros clientes, recomendado el marco ISO y/o estableciendo a una situación tanto para nosotros de medidas técnicas y organizativas dirigidas tanto a salvaguardar los derechos a la intimidad y protección de datos personales como la seguridad de la información.
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